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    viernes, 25 de noviembre de 2005

    LAS VERDADES SOBRE EL ESTATUTO DE CATALUÑA





















    Últimamente está muy de moda hablar sobre el Estatuto Catalán. La mayoría de las veces sorprendentemente la gente se aventura en hacer juicios de valor sin ni siquiera haberse leído un solo artículo del proyecto, juicios que pueden llegar a ser muy peligrosos si no se hacen con la serenidad y el sosiego que el debate merece.

    Todo lo que se hace desde Cataluña es magnificado y elevado a los altares del despropósito por parte de los medios afines a la derecha española, a sabiendas de que es carnaza rentable para sus bolsillos y además consigue al mismo tiempo despertar con mucha facilidad sentimientos latentes de odio profundo hacia Cataluña, presentando a los catalanes como aquellas "malas gentes" que no quieren ser españoles y que escupen en la bandera en cada ocasión que se les presenta: esto no es otra cosa que propaganda sucia y barata que responde a oscuros intereses políticos y electorales.

    Como ciudadanos libres tenemos derecho a opinar, a aportar nuestros puntos de vista y, por qué no, a lanzar cuantos juicios nuestra razón nos encienda, pero todo tiene un límite; no podemos criminalizar ni vetar de partida un proyecto que nace en Cataluña soberanamente, en los plazos y procedimientos estipulados en la Constitución Española, por cuanto además de respetar religiosamente nuestra carta magna viene con el aval del 90% de parlamentarios catalanes y más del 75% de catalanes según algunas encuestas.

    A partir de aquí, muchas mentiras interesadas, muchas manipulaciones y sobre todo, mucha carnaza fascista. Este escrito pretende dar humildemente luz a muchas de las dudas que los españoles tienen sobre el Estatut como el concepto de nación o la financiación, y lo haremos con sentido del humor pero con la seriedad de los argumentos y razones que defendemos. Espero que les sirva, y sobre todo, que les tranquilice, a sabiendas que el proyecto será enmendado por el Congreso para después pasar por una Comisión Constitucional y por último, siempre quedaría el recurso del Tribunal Constitucional que en cualquier caso se reserva el derecho de anular artículos que albergasen inconstitucionalidades.

    ¿Cuál es el miedo entonces? Los catalanes, según reflejan estas mismas encuestas antes citadas quieren un Estatut constitucional y desean seguir perteneciendo al Estado español, nada de separatismos ni soflamas agoreras, seamos serios. Eso sí, piden legítimamente el pleno reconocimiento de su identidad, algo que es justo para ellos e inofensivo para el Estado español como veremos a continuación. Desmenuzaremos una por una las mentiras y falsedades que se han utilizado para atacar este proyecto, porque de momento solo es eso, un proyecto que todavía debe pasar varios trámites, muchas enmiendas y muchos retoques, garantía de su plena constitucionalidad:

    1. ES EL ESTATUT DE MARAGALL Y CAROD ROVIRA

    Teniendo en cuenta que lo han aprobado 120 parlamentarios de los 135 que tiene el Parlament de Catalunya; teniendo en cuenta que lo han aprobado 4 partidos políticos de los 5 que componen el arco parlamentario catalán... ¿A cuento de qué viene repetir todo el rato el rollo de que el Estatut le pertenece a Maragall y Carod Rovira? Sí, no hace falta que me lo digan, lo sé: viene de la necesidad de hacer creer que todo lo malo que tenga el Estatut (todas las frases que detallo a continuación, y otras que saldrán) son culpa de Maragall, que es socialista, como Zapatero, y por lo tanto Zapatero tiene la culpa. Demagogia de la buena, y se la vendo barata, oiga! Todo vale con tal de desgastar al gobierno, incluso el desprecio a una propuesta legítima y respetuosa de Cataluña: vergonzoso.

    2. MÁS QUE UN ESTATUT ES UNA CONSTITUCIÓN, TIENE MUCHOS ARTÍCULOS

    ¿La importancia o el rango de las leyes se mide al peso? El Estatut es puntilloso en todos los aspectos que trata. ¿Eso lo convierte en una ley de rango superior? ¡Vaya! No estoy familiarizado con esos conceptos jurídicos de medir las leyes por el número de artículos. La Constitución regula perfectamente los procesos de reformas estatutarias, cumplidos a rajatabla por el Parlament de Catalunya. ¿Qué problema hay entonces? Los plazos, los reglamentos y las condiciones se han respetado escrupulosamente, uno por uno en base a los establecido en la carta magna.

    3. ES UN TEXTO SECESIONISTA, RUPTURISTA. ESPAÑA SE ROMPE, CATALUÑA SE QUIERE SEPARAR. (Catalunya ha empezado un proceso de separación terrotorial...)

    Y todos los derivados que quieran buscarle. Pues para ser un texto secesionista (separatista), se agarra con brazos y piernas a la Constitución, y no tiene voluntad de soltarse... Como, recordemos, se trata de un proyecto de reforma estatutaria, que no es un Estatut que haya salido de la nada, veamos qué es lo que modifica. El Título Preliminar del proyecto de reforma del Estatut lo deja bastante claro. Pero comparémoslo con el Estatut de 1979, a ver qué ocurre.
    Artículo 1.1. del Estatut de 1979: Catalunya, como nacionalidad y para acceder a su autogobierno, se constituye en Comunidad Autónoma de acuerdo con la Constitución y con el presente Estatuto, que es su norma institucional básica.

    Artículo 1 del proyecto de reforma del Estatut (2005):
    1. Catalunya es una nación.
    2. Catalunya ejerce su autogobierno por medio de instituciones propias, constituida como comunidad autónoma de acuerdo con la Constitución y con este Estatut.
    ¡Anda, coño! Pues fíjate: constituida como comunidad autónoma de acuerdo con la Constitución. Pues muy secesionista no parece, ¿no? Me pregunto qué opinará Acebes de esto. O quizá es que le dio el telele en el punto 1. al leer lo de "Catalunya es una nación" y ya no pudo continuar leyendo...

    4. ES UN TEXTO NADA LEAL A ESPAÑA, NADA LEAL A LA CONSTITUCIÓN

    JA! Me permitirán la mala educación de reírme en público, porque estoy en mi casa y hago lo que quiero. Veámoslo, porque afirmar esto y quedarse tan ancho, se merece algo peor. Yo no sé si es que no se han leído el Estatut y hablan de oídas (de mandadas, diría yo), o es verdad que se lo han leído (que lo dudo) y son ganas de manipular a la gente.

    Artículo 2.4: Los poderes de la Generalitat emanan del pueblo de Catalunya y se ejercen de acuerdo con lo que establece este Estatut y la Constitución.
    Pues para no ser leal a la Constitución, lo deja bien clarito... Pero esperen, que sobre lealtad el Nou Estatut también les da un repaso:
    Artículo 3.1: Las relaciones de la Generalitat con el Estado se fundamentan en el principio de lealtad institucional ¡¡MÚTUA!!
    ¿O qué se creían? En cristiano: la Generalitat será leal al Estado en las cuestiones que sean competencia del Estado, y así mismo el Estado será lean a la Generalitat en cuestiones que sean competencia de la Generalitat. ¿Qué tiene esto de raro y perverso? ¡Si es algo que sucede en todas las comunidades autónomas con competencias transferidas!

    5. EL ARTÍCULO 2 DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA NO PERMITE MÁS QUE LA NACIÓN ESPAÑOLA.

    ¿Ah, no? Pues leamos el artículo 2 de la Constitución, y lo comparamos con los dos artículos que he expuesto, el del Estatut aún vigente, y el del proyecto de reforma, a ver qué ocurre.
    Artículo 2 de la Constitución Española de 1978: La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.

    Vale, pues según la Constitución (que debe ser de un secesionista de la hostia, y nosotros sin enterarnos, oye), resulta que España, además de ser Nación, está compuesta por nacionalidades. En el Estatut aún vigente, el de 1979, en su primer artículo Catalunya se consideraba nacionalidad, ahora se considera nación. Aún espero que alguien me explique las derivaciones políticas del cambio, es decir, la diferencia política entre nacionalidad y nación (la diferencia semántica y etimológica se la pueden ahorrar, que no me sirve de mucho en este tema). ¿Qué consecuencias implica un término que no implica el otro? Es que aún nadie ha sabido explicármelo, y no lo veo. El iluminador que nos ilumine buen iluminador será.

    Creo que el debate viene de una confusión entre los términos "plurinacional" y "federal". Para que el Estado español se constituyera en Estado federal, sí haría falta una reforma de la Constitución, pues el artículo 145.1 el que establece que en ningún caso las autonomías podrán federarse.

    El Estado federal hace referencia a la organización de las distintas autonomías, y ahí sí hace falta el concurso de todas ellas, para decidir si están de acuerdo o no.

    Pero en el caso de un estado "plurinacional", teniendo en cuenta que en la Constitución queda contemplado que la Nación española está compuesta por nacionalidades y regiones, no le veo tanto problema al tema del estado "plurinacional" (o compuesto de varias nacionalidades, y por supuesto regiones). Basta con que alguna de ellas (como en este caso Catalunya) se declare nación, para que España pase a ser Estado plurinacional (si no lo era ya, que leyendo la Constitución queda del todo claro), sin que para ello tenga que contar con el reconocimiento del resto de autonomías. ¿O tienen que votar el resto de autonomías lo que cada una se considera a sí misma en su Estatut? ¿Se votó el Estatut de Autonomia de 1979 en toda España, para decidir si Catalunya podía ser o no nacionalidad? Pues con esto lo mismo. Distinto si hablamos de Estado federal (que no es el caso), que entonces la cosa cambia. Pero distingamos entre el ser y el organizarse, por favor.

    6. DEFINIRSE COMO NACIÓN ES EL PRIMER PASO A LA INDEPENDENCIA

    Como hemos visto en el punto anterior, Catalunya por medio de sus políticos no tiene el menor interés en independizarse. Es más, si consideran que ejercer su autogobierno por medio de instituciones propias, constituida como comunidad autónoma de acuerdo con la Constitución (Artículo 1.2) es secesionista, háganselo mirar.

    Ahora bien: ya están afirmando muchos que autodenominarse nación abre la puerta a que mañana exijan un Estado. ¿Por qué? ¿Cual es la relación causa-efecto? ¿No existen naciones sin Estado? ¿No son posibles los Estados compuestos por más de una nación? ¿Qué ley suprema de la política que me he perdido afirma que toda nación debe tener un Estado propio?
    Es más: si hace 26 años, Catalunya se autodefinía como "nacionalidad" y nunca reclamó (seriamente, se entiende) que tal cosa tuviera un reflejo en DNI y Pasaporte, donde dijera "nacionalidad catalana", ¿qué les hace pensar que van a reclamar más pronto que tarde un Estado propio?

    Y ya puestos con las dudas existenciales, vuelvo a plantear una que nadie ha sabido resolverme todavía: ¿qué diferencia hay entre Nación y Nacionalidad, políticamente hablando? Ahórrense las diferencias etimológicas y semánticas, que no me sirven: lo que yo quiero saber es qué diferencia política se deriva de pasar de ser una nacionalidad a ser una nación. Me lo expliquen, que quiero saber qué beneficios políticos Cataluña ha ganado con el cambio.
    ¿Es posible una nación de naciones? Quienes sostienen que el término nación es el primer paso para conformarse en Estado es evidente que creen que el término "nación de naciones" es contradictorio en sí mismo, y voy a explicar porqué: Principalmente, por los distintos grados de soberanía posibles

    ¿Podría considerarse la Unión Europea una Nación (la nación europea, con una tradición común, un patrimonio cultural común, una historia común, etc.) plurinacional (en el sentido en que alberga varias naciones con sus peculiaridadesen su seno)? Es evidente que esto sí es posible, y no solo eso, no es atrevido. La posibilidad radicaría, fundamentalmente, en lo excluyente que consideres el término “nación”, y aquéllos que lo consideran el primer paso para una escisión lo consideran totalmente excluyente.
    Veamos cómo defina la RAE “nación”: “Conjunto de personas de un mismo origen y que generalmente hablan un mismo idioma y tienen una tradición común.”
    Por todo lo anterior, creo que distintas naciones individuales, con un patrimonio y una historia común (no vivimos como islas separadas), puedan tener la voluntad de conformar nación en base al patrimonio e historia comunes, pero sin renunciar por ello sus particularidades, de ahí que el término nación de naciones no sea una contradicción en sí mismo, sino una imagen del proceso de construcción europea, sin ir más lejos. Lejos quedan los modelos de dos grandes superpotencias mundiales, Estados Unidos como Estado Federal y Alemania, compuesta no de 4 naciones sino de ¡4 Estados! Este Estatut, ni una cosa, ni la otra, ni la mitad de la mitad de cualquier de las dos. ¿Qué es tan terrible?

    De todas formas para tranquilidad de los incrédulos, los partidos políticos catalanes ya han dicho por activa o por pasiva que el problema no vendrá de este artículo. Puigcercós (ERC) dijo en una entrevista reciente que "identidad nacional" puede valer y Arthut Mas (CIU) declaró que en todo caso se conformarían con el término nacionalidad ya estipulado en el actual Estatut y la Constitución española, aunque desde luego presionarán y no renunciarán al término nación de partida. Con todo, queda el término nación tal cual está expresado en el artículo es totalmente válido como habéis podido comprobar.

    7. EN EL ESTATUT SE ESTABLECE UNA RELACIÓN DE IGUAL A IGUAL ENTRE CATALUÑA Y ESPAÑA

    Otra confusión en los términos, esta procede de un informe interno del PP (probablemente, si rastreamos el origen de las demás, quizá tengan algo en común...), lo cual me parece que tiene todavía más delito, porque no distinguir entre Generalitat y Gobierno Central, y confundirlos con Catalunya y España, tiene tela. Claro que la noticia no especifica si el informe ha sido redactado por los servicios jurídicos del Partido Popular (me da que no), o por los servicios de propaganda (tiene todos los números).

    No obstante, no les recomiendo que se dejen llevar por los titulares grandilocuentes. Veamos qué dice el texto de este curioso informe interno del PP: establece una "relación bilateral en condiciones casi de igualdad. Se podría decir una relación "de tú a tú", según explican las fuentes conocedoras del informe. ¡Oooohhhh! Ya están todos los de batiburrillo haciendo la ola. CASI de igualdad. ¡Uy! Rozando el larguero. ¿Entonces, según el servicio de propaganda del PP, es de igualdad o casi de igualdad? Menudo cacao mental, credibilidad cero, tanta como la que tiene Acebes.

    También dice lo siguiente, tomen nota que es interesante: la Generalitat se arroga la capacidad de codecidir con el Estado, mediante una Comisión bilateral o la participación en órganos del Estado, sobre cuestiones que son de competencia estatal como la inmigración, la ordenación básica de la Sanidad o el fomento de la Economía. Lo que ya no les cuenta es que todo esto es en territorio catalán, es decir: si vas a tomar medidas sobre inmigración en Catalunya, como traerte a los inmigrantes desde Canarias a Barcelona, quiero que cuentes conmigo para ver cómo nos las vamos a apañar. Y así con todo. Los dos puntos siguientes son de hecho confusiones que van a parar a la misma confusión: creen que Catalunya intenta interferir en los asuntos del Estado, cuando lo que pretende es que el Estado no interfiera en los asuntos que son competencia exclusiva de la Generalitat, que es muy diferente.

    8. LA GENERALITAT ASUME COMPETENCIAS QUE SON EXCLUSIVAS DEL ESTADO

    Bien, nueva referencia a la Constitución para aclarar el punto. Los que tengan la versión resumida de la Constitución, ésa que en el Título VIII termina en el artículo 149, compartan el libro con el compañero de al lado.

    Artículo 150.2 de la Constitución Española de 1978: El Estado podrá transferir o delegar en las Comunidades Autónomas, mediante ley orgánica (Los Estatutos de Autonomía tienen rango de Ley Orgánica, y como tal se tratan en Las Cortes), facultades correspondientes a materia de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación. La ley preverá en cada caso la correspondiente transferencia de medios financieros, así como las formas de control que se reserve el Estado.

    Nos hemos equivocado de camino, por aquí tampoco es. Y es que algunos, de tanto repetirlo, se han llegado a creer que los políticos catalanes son auténticamente gilipollas, y si quieren obtener más transferencias no saben cómo hacerlo más que tomándolas a la brava. Que triste, burda y simplona la propaganda del PP, no resiste el más mínimo análisis medianamente riguroso. Felicidades Acebes.

    9. ¿ES CIERTO QUE LA PREVISIÓN DE UNA AGENCIA TRIBUTARIA PROPIA ES INCONSTITUCIONAL?

    No. Sólo sería inconstitucional si la propuesta estableciese que la Agencia Tributaria de Cataluña Catalana fuese completamente independiente de la administración tributaria del Estado, pero en este caso no es así, al establecerse que dicha agencia autonómica colaborará con la del Estado. La previsión de que las Comunidades Autónomas tuviesen agencias tributarias propias ya se recogía en el programa electoral del PSOE para las elecciones generales del 2004.

    10. ¿ES CIERTO QUE LA REFORMA DEL SISTEMA JUDICIAL QUE PROPONE EL PROYECTO ES INCONSTITUCIONAL?

    No. Se trata de ajustar la administración de justicia a la realidad autonómica del estado, proponiendo un sistema que dote de más competencias al Tribunal Superior de Justicia, otorgue a la Generalitat una mayor capacidad de gestión sobre los medios materiales y personales al servicio de la Administración de Justicia, cree el Consejo de Justicia de Cataluña como órgano descentralizado del Consejo General del Poder Judicial, y reserve al Tribunal Supremo el recurso de unificación de doctrina.

    11. EN ADELANTE, EL DERECHO CATALÁN SERÁ DE APLICACIÓN PREFERENTE EN CATALUÑA

    Quien esto afirma, ni tiene puñetera idea de derecho, ni se ha leído el Estatut. Como mucho, le concedo que se haya leído el preámbulo, si acaso, pero no más allá. Y lo que es más grave, tampoco se ha preocupado demasiado. Porque yo me he leído el Estatut y sólo me ha costado hacer una búsqueda en el documento para encontrar las referencias al derecho catalán preferente y enterarme de a qué hace referencia.

    Porque dicho así, "El derecho catalán será de aplicación preferente en Catalunya", da la sensación de que el derecho español importe un pimiento en Catalunya. Y es cierto que el punto séptimo del proyecto de reforma del Estatut afirma casi literalmente éso. Pero si uno hace una búsqueda por las palabras "dret català" en el documento, encontrará tres resultados. ¡Tres! Conveniente leérselos antes de afirmar nada de forma rotunda. El más importante es el artículo 110.8, que les traduzco a continuación.

    Artículo 110.8: El derecho catalán, en materia de las competencias exclusivas de la Generalitat, es derecho aplicable en su territorio con preferencia sobre cualquier otro.
    ¡Anda! Si no es que mande a hacer puñetas el derecho español: lo que ocurre es que en materias que son exclusivas de la Generalitat, es el derecho catalán el que es preferente sobre cualquier otro. Lo que parecía obvio, efectivamente, lo es. Y aún digo más: en materia de Derecho Civil, por ejemplo, ya hay varias autonomías que tienen derecho propio desde hace décadas, y que el Derecho Civil autonómico es de aplicación preferente sobre cualquier otro, en Catalunya al menos desde 1981, y nadie hasta ahora se había rasgado las vestiduras por ello. ¿Siguen teniendo miedo?

    12. LA GENERALITAT OBLIGARÁ A TODOS LOS FUNCIONARIOS DEL ESTADO A HABLAR CATALÁN

    Otra cosa igual. Esto es típico de los que oyen campanas y no saben dónde, y encima dicen con toda la cara dura que se han leído el Estatut. ¿El papel del catalán en el resto del Estado? En el proyecto de reforma del Estatut que yo he leído, cuando habla del catalán, se refiere ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE al territorio de Catalunya, NUNCA al resto del Estado.

    Sí es cierto que habla de los funcionarios del Estado que desempeñen sus funciones en Catalunya. Pero esto sin duda es lógico y sensato pues un funcionario que trabaje en Catalunya está para servir al ciudadano y siendo como es el catalán cooficial junto con el castellano tiene que dominar tanto uno como otro; y si yo quiero dirigirme a un funcionario en catalán dentro del territorio de Catalunya, estoy en mi derecho, y él deberá responderme de acuerdo con ellos. Lo que nunca pasará es que un murciano pregunte en una oficina en castellano y se le responda en catalán: existe la obligación clara de dominar ambos idiomas. ¿Es tan raro esto? Porque es de perogrullo es que si el funcionario no conoce el idioma, está limitando mi derecho a expresarme en catalán, por lo que el que un funcionario público recorte un derecho a un ciudadano no me parece que tenga rango de ley.

    En cualquier caso, el Estatut no se refiere a la imposición de conocer el catalán a todos los funcionarios del Estado, sino únicamente a aquellos que desempeñen sus funciones en Catalunya, para poder hacer efectivo el derecho a cualquier ciudadano catalán a expresarse en cualquiera de las dos lenguas oficiales cuando lo desee y donde lo desee. Si tú no conoces el idioma que yo hablo, y es necesario que me entiendas para poder atenderme, estás limitando mi derecho a expresarme en ése idioma. ¿Queda clarito? Poco a poco va iluminándose la sala.

    13. ES UN ESTATUT INTERVENCIONISTA

    El Estatut desarrolla notablemente las medidas de protección social a los colectivos más desfavorecidos. ¿Es eso intervencionismo? No lo creo. Veamos qué dice el proyecto de reforma del Estatut sobre la libertad de empresa:
    Artículo 45.5: La Generalitat debe favorecer el desarrollo de la actividad empresarial y el espíritu emprendedor (un texto intervencionista, sin duda. Pero esperen, que continúa) teniendo en cuenta la responsabilidad social de la empresa (debe ser esto lo que les mosquea, digo yo...), la libre iniciativa y las condiciones de competencia, y debe proteger especialmente la economía productiva, la actividad de los emprendedores autónomos y la de las empresas pequeñas y medianas.

    Pues mucha pinta de intervencionista, no tiene, ¿no? Para intervencionista, señoras y caballeros, la propia Constitución, que establece que la planificación de la economía es competencia exclusiva del Estado. ¡Horror! ¡Marxismos! ¡Comunismo! ¡Herejía! ¡¿Cómo va a decir éso nuestra sagrada Constitución?! Pues apúntenme con el dedo si quieren por decir la verdad, pero el emperador está desnudo. Veámoslo en la propia Constitución, si no me creen:
    Artículo 38 de la Constitución de 1978: Se reconoce la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado (hasta aquí, bien). Los poderes públicos garantizan y protegen su ejercicio y la defensa de la productividad, de acuerdo con las exigencias de la economía general y, en su caso, de la planificación.

    ¿Qué? ¿Les ha sabido a poco? ¿Quieren más? Pues vamos con más. Cito todo el rato de la Constitución Española de 1978:
    Artículo 128.1: Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general.
    Artículo 128.2: Se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica. Mediante ley se podrá reservar al sector público recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio y asimismo acordar la intervención de empresas cuando así lo exigiera el interés general.
    Pero no hagan zapping, que lo mejor viene a continuación:
    Artículo 131.1: El Estado, mediante ley, podrá planificar la actividad económica general para atender a las necesidades colectivas, equilibrar y armonizar el desarrollo regional y sectorial y estimular el crecimiento de la renta y de la riqueza y su más justa distribución.
    ¿Qué? ¿Cómo se les ha quedado el cuerpo? ¿Planeando emigrar? ¿Acaban de descubrir que España es un paraíso comunista desde 1978, y yo con estos pelos? Pues antes de hacer la maleta no olviden echarle un vistazo a la lista de competencias exclusivas del Estado, artículo 149.1, punto 12º:
    El Estado tiene competencia exclusiva sobre: 12º Bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.

    14. ALGO TENDRÁ QUE DECIR EL REY A TODO ESTO, ¿NO?

    Sí: se debe estar meando de la risa de todas las tonterías que se están diciendo. Eso, en caso de que el Rey se haya leído el proyecto de reforma del Estatut, cosa que también dudo. Quienes afirman que el Rey debería intervenir, deduzco no sólo que no se han leído el Estatut, sino que tampoco se han leído la Constitución (¡y eso que se están desgañitando que el Estatut es inconstitucional!). Si leen los 11 artículos del Título III de la Constitución, comprobarán que su Majestad el Rey prácticamente no puede abrir la boca sin que lo autorice La Moncloa.
    Y ya de paso, a los que alaban el discurso del Rey en el que mencionaba la indisoluble unidad de la patria... ¿Saben quien tuvo que autorizar ese discurso? Efectivamente: los servicios de la Moncloa. Si son listos cuando se ponen a ello, ¿lo ven? Lo que ocurre es que les envenenan con propaganda, y claro, luego les cuesta más. Por ejemplo: seguro que les ha costado de creer esto último, y les diré los motivos: a) Porque no se han leído la Constitución, b) porque les han hecho escribir 100 veces "Zapatero aceptará el Estatut que salga del Parlament", que ésa es otra y ahora voy a por ella.

    15. ZAPATERO ACEPTARÁ EL ESTATUT QUE SALGA DEL PARLAMENT SIN TOCAR UNA COMA

    Este es, digamos, "un olvido generalizado" en la derecha. Se olvidan frecuentemente de las dos condiciones que impuso Zapatero para aprobar el Estatut que saliera del Parlament sin tocar una coma, iban en los programas electorales tanto del PSC como del PSOE para las elecciones generales (es un dato importante). No les culpo: están ya mayores y la memoria les juega malas pasadas... Porque si no fuera por la mala memoria, diría que son dignos discípulos de Goebbles, y que su frase de cabecera es aquélla de "una mentira mil veces repetida..."
    Para aceptar el Estatut que salga del Parlament de Catalunya, sin tocar una coma, Zapatero impuso dos condiciones sine qua non. A saber:
    1. a) Que sea constitucional (no admite muchos matices ni interpretaciones, precisamente)
    2. b) Que venga avalado por un amplio consenso (¿como cuanto de amplio? Como lo que dicta el propio Estatut aún vigente en su procedimiento de reforma: 2/3 del Parlament y referéndum positivo)

    16. LA FINANCIACIÓN ESTIPULADA EN EL ESTATUT ES INSOLIDARIDAD PARA EL RESTO DE ESPAÑA

    Cataluña tiene un crecimiento real por debajo de la media española, basta con ir a los datos para constatarlo: en el periodo 1995-02 la evolución del crecimiento económico por comunidades autónomas nos dice que mientras Extremadura creció un 128%, el País Vasco un 127%, Andalucía un 126,9% o Madrid un 121,6%, Cataluña solo creció un 117,7%. Hay que matizar antes de proseguir, que el Estatuto no habla de agravios históricos, sí lo hace de derechos históricos en el sentido de que de acuerdo con la jurisprudencia constitucional identifica a Cataluña como territorio foral y esta calificación refuerza su derecho de autogobierno.

    Por ejemplo es de justicia conocer y reconocer que los Presupuestos Generales del Estado han invertido siempre muy por debajo del porcentaje que le corresponde a Catalunya por población o por la aportación catalana al producto interior bruto del conjunto del Estado. Solo hay que irse a los datos de los PGE de este año en los cuales el Estado gastará 414 euros por catalán, un 8,2% menos que la media; Cataluña cae al puesto 11º en las prioridades de los Presupuestos mientras Madrid recibirá más de 446 euros por habitante habiendo crecido la inversión per capita el doble para esta Comunidad que para la catalana. ¿De qué se queja Esparanza Aguirre? Con el 15,7% del censo total de España, Catalunya sólo se beneficia del 14,5% del presupuesto territorializable del próximo año, un punto menos que en el 2005. Y la Comunidad de Madrid, donde están censados el 13,4% de los españoles, se beneficiará en cambio el 13,3% del gasto estatal. El desequilibrio, pues, sigue radicado en Catalunya.

    Este déficit todavía se hace más patente a tenor de la participación de Catalunya en la creación de la riqueza de toda España. La economía catalana aporta más del 18,5% del producto interior bruto (PIB) nacional, cuatro puntos por encima de lo que el Estado le devolverá en forma de recursos e infraestructuras.

    La Administración del Estado, en suma, invertirá de promedio 451 euros por cada español, frente a los 414 (un 8,2% menos) que gastará por cada catalán. De este modo, Catalunya pierde un puesto más en el ránking de las prioridades presupuestarias del Gobierno: si en el 2005 ocupaba el décimo lugar, las cuentas del próximo ejercicio la hacen retroceder hasta el undécimo puesto. Especialmente llamativo resulta el dato de la comunidad foral Navarra, que goza de un modelo de financiación tan privilegiado como el convenio económico. Por contra, Euskadi, que con el concierto disfruta de similares ventajas fiscales, ve disminuida la aportación estatal en un 3,7%.

    Más datos, además del estancamiento en el crecimientos económico catalán y la baja inversión vía Presupuestos Generales del Estado, hay que señalar que por ejemplo en Cataluña hay una única autovía gratuita que une dos capitales de provincia, Lleida con Barcelona. El resto son autopistas de peaje, fruto de la inversión privada que rentabiliza a través del cobro del peaje a los usuarios. Por ejemplo en Cataluña se paga un impuesto por el consumo de agua más allá de las tasas municipales que no se paga en ninguna otra parte de España. Por ejemplo, Catalunya también paga un impuesto sobre carburante para poder pagar el déficit sanitario porque la sanidad catalana (con el mayor déficit de toda España) atiende a ciudadanos que vienen de otras partes de España y a un mayor porcentaje de inmigrantes, y porque hace más tiempo que la tienen transferida. Pues bien, mientras en Catalunya se paga el céntimo sanitario a la hora de poner carburante a nuestros vehículo comunidades como Extremadura o Andalucía la ortodoncia o el cambio de sexo está incluido en la sanidad pública.

    Más. Catalunya es la comunidad que tiene menos funcionarios de todas las administraciones, según datos del ministerio de Administraciones Públicas, además la Generalitat también es la administración autonómica que cuenta con menos empleados públicos en relación a su población. Sobre una población de siete millones de habitantes, de los que se consideran población activa de 3,4 millones, el número de empleados públicos del Govern asciende a 133.450, lo que equivale a 19,11 funcionarios por cada mil habitantes, o a un porcentaje del 3,86 por ciento de la población activa que forma parte de la plantilla de la Generalitat.

    La comunidad extremeña, cuyo presidente Juan Carlos Rodríguez Ibarra crítica con frecuencia lo que entiende por uso ineficiente de los recursos públicos catalanes, ofrece unos datos muy distintos. con un millón de habitantes y una población activa de 454.000 personas, un 9,72 de las personas que trabajan en Extremadura lo hace para la administración autonómica que preside Ibarra. Es decir, casi diez de cada cien trabajadores, lo que equivale a 40,87 funcionarios por cada mil habitantes.

    A todo esto le debemos sumar que el IPC catalán es cada año superior a la media española, súmenle todos los peajes, zonas verdes e impuestos que la Generalitat recauda para hacer frente a los déficits de inversión, resultado: cerca de un millón y medio de catalanes tiene una renta inferior a la media española, con un coste de vida superior a la media estatal, con infraestructuras y servicios de peaje, sin las prestaciones sociales o las medidas de apoyo a las empresas propias de otras comunidades y una industria en crísis.

    ¿Perjudica el sistema de financiación del Estatut a regiones más pobres como Extremadura o Castilla-León?
    De entrada, no les reporta ningún perjuicio. Estoy convencido, además, que mucho de lo que se plantea en el Estatuto de Cataluña acabará formando parte de las futuras reformas de los estatutos de sus comunidades. Y finalmente, si Cataluña tiene un mejor sistema de financiación será capaz de seguir siendo locomotora española, generar más recursos y por ende se verá obligada a pagar más en concepto de solidaridad. Es bastante sencillo de entender.

    17. ¿POR QUÉ NECESITAN LOS CATALANES UN NUEVO ESTATUTO?

    ¿Por qué necesitan los valencianos un nuevo Estatuto? Aquellos que piensen que Cataluña siempre tiene que dar la tabarra recordarles que la primera Comunidad Autónoma que ha mandado un proyecto de Estatuto a las Cortes ha sido la Comunidad Valenciana presidida por el señor Camps, del Partido Popular. El texto, está ya en período de enmiendas, porque amigos, ese texto también contiene inconstitucionalidades que hay que corregir. Esta es una de las pruebas más evidentes de Catalanofobia, los valencianos pueden referirse al Reino de Valencia y al País Valencià sin ningún problema, sin que se les insulte, denigre o llame separatistas. Es un doble rasero vomitivo. Otras comunidades, tan dispares como Andalucía, Canarias, Baleares y Madrid ya están negociando en sus respectivos parlamentos proyectos de reforma de sus estatutos, y pronto el resto de comunidades les acompañaran.

    18. EL PP ES EL ÚNICO GARANTE DE LA UNIDAD DE ESPAÑA

    Sí por la derecha española fuese, ninguna comunidad autónoma tendría estatutos de Autonomía. Los mismos que hace 30 años se opusieron sistemáticamente a los procesos estatutarios, liderados por el señor Fraga, son los que hoy apelan las mismas razones para dar el NO: España se rompe, no se respeta la Constitución, este el fín del país. España lleva rompiéndose 30 años y nosotros sin saberlo oiga. El señor Fraga, es importante recordarlo, dijo que entre nacionalidad y nación no existía ninguna diferencia, por eso votó en contra del artículo 8 de la Constitución (votaron en contra de la mayoría, por cierto). Porque estos señores del PP, antaño AP, no votaron en su mayoría la Constitución que tanto defienden, ni siquiera el señor Aznar en sus múltiples cartas como joven falangista se mostraba de acuerdo con el proceso constitucional. El PP siempre se queda atrás en las reformas, es un partido inmovilista que juega con el miedo y el amedrantamiento para sacar réditos electorales. Es una vez más, nauseabundo.

    Los estatutos de autonomía han permitido el desarrollo de todas las regiones y nacionalidades que componen España, todo proceso descentralizador es una ventaja clara por el ciudadano. ¿Por qué temen tanto las reformas si son beneficiosas económica y socialmente para el ciudadano? Una incógnita, solo sabemos que mantienen el mismo discurso hoy que hace 30 años; y ahora el Estatut vigente es magnífico (cuando antaño era el demonio en persona) y se agarran a la constitución como un dogma de fé (cuando la mayoría no la votó). Lo dicho, ¿dentro de 5 años veremos al PP abrazándose a este nuevo Estatut? La historia nos dice claramente que SI.

    19. HAY QUE BOICOTEAR LOS PRODUCTOS CATALANES PARA DARLES UNA LECCIÓN

    Es una campaña que ha nacido de los sectores afines al Partido Popular y la extrema derecha con el fin de debilitar aún más la economía catalana. Van a conseguir dos cosas: 1. Que el PIB de Cataluña se reduzca y por ende la cuota de solidaridad que pagan en función de su crecimiento se reduzca afectando al resto de España. 2. Estos analfabetos funcionales se piensan que el dueño de Freixenet va a pasar hambre este mes; pobres ignorantes, lo más que puede pasar es que tengan que hacer recortes de plantilla y echar a la puta calle a centenares de obreros que no merecen tal ejercicio de irresponsabilidad. ¿Pero no hemos quedado que Cataluña es España? ¿Entonces España boicotea a España? Un insulto a la inteligencia. ¿Qué pasaría si Cataluña, con 8 millones de habitantes se decide a boicotear productos murcianos por ejemplo? Sería la ruina para Murcia, por ejemplo boicoteando EL POZO o DON SIMÓN. ¿Deberían hacer lo mismo? Y ahora, ¿han pensando que las empresas proveedoras y distribuidoras que mantienen acuerdos con el sector del cava pertenecen a comunidades autónomas del resto de España y saldrán perjudicadas también? Lanzar piedras contra su propio tejado, que recapaciten por el bien de todos.

    20. ¿PODEMOS CONFIAR EN NUESTRA DEMOCRACIA?

    Los que siempre hemos creído en la democracia y en el Estado de las Autonomías ahora y hace 30 años (eso no lo pueden decir todos) SÍ. Hay mecanismos suficientes para garantizar que cualquier reforma estatutaria respete la Constitución y el interés general. Desterremos de una vez ese sucio estereotipo de la Cataluña que odia España y se quiere separar, no es cierto. Cataluña se considera nación en el sentido cultural, es algo que hay que respetar; porque Catalunya ha sido sistemáticamente atacada durante 40 años por el régimen franquista, no sólo con fusilamientos y encarcelamiento como el resto de España, sino además, por el continuo intento de asfixiar su cultura, su lengua y sus costumbres.

    Para terminar, expondré el testimonio que muchos pudimos oír en las tertulias del programa de Maria Teresa Campos. Se trata de un joven catalán que escribe a Maria Teresa, decía más o menos así:

    “Hola, soy un joven catalán de ideas independentistas; debo reconocer que me encuentro muy confundido, por primera vez los catalanes sentimos que tenemos un presidente del gobierno que nos entiende y nos respeta. Está siendo muy valiente, sin duda. Mi confusión me lleva a replantearme mis idearios independentistas si sale adelante este estatuto. Les diré la verdad: estoy deseando que nos dejen sentirnos plenamente catalanes reconociendo nuestra identidad, para así entonces, poder empezar a amar este ahorá si fascinante proyecto llamado ESPAÑA".

    VISCA CATALUNYA, VIVA ESPAÑA, SIEMPRE JUNTAS.

    1 comentario:

    Anónimo dijo...

    Este blog es como el blog portugues Xatoo